Tendrán acceso directo al Master Interuniversitario en Sanidad Vegetal los graduados en Ingenierías Agrarias o Agroalimentarias, y en Ciencias forestales, Biológicas o Ambientales, a Ingenieros técnicos Agrícolas o Forestales, Ingenieros Agrónomos o de Montes, licenciados en Ciencias Biológicas o Ambientales, y titulaciones análogas según consta en el artículo 5 de la normas reguladoras de estudios de Máster de la UPV que se expone a continuación. Además, se podrán contemplar accesos excepcionales según consta en el artículo 35 de las citadas normas.

Normas reguladoras de estudios de Máster de la UPV

Artículo 5. Los estudios de Máster son los Títulos Propios de postgrado de mayor nivel dentro de la oferta de formación permanente y tienen como finalidad la adquisición por el estudiante de una formación avanzada de carácter especializado o multidisciplinar, orientada a la especialización Académica o profesional equivalente al nivel de cualificación 7 según el Marco Europeo de Cualificaciones (EQF).

Para acceder a los estudios de Máster los alumnos deberán estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior, que otorgue acceso a enseñanzas oficiales de postgrado u otro título conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación y que acredite un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles de grado y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado.

La superación de los estudios de Máster dará derecho a la obtención del correspondiente Título Propio de la Universitat Politècnica de Valencia de Máster firmado por el Rector.

Articulo 35. Sin perjuicio de lo indicado en el punto anterior, excepcionalmente, el Director Académico del Título Propio puede solicitar la admisión a los estudios conducentes a títulos propios de postgrado a aquellos candidatos que, no ostentando una titulación universitaria y acreditando los requisitos legales para cursar estudios en la universidad, estén ejerciendo o hayan ejercido labor profesional superior a tres años que guarde relación con el programa de estudio al que se pretende acceder. Los alumnos matriculados en estas condiciones solo podrán obtener un certificado de Aprovechamiento por los estudios superados pero no podrán optar a la obtención de ningún título propio de postgrado. Estos alumnos no podrán superar el 15% de las matrículas del Título Propio.